lunes, 15 de junio de 2009

AMPLIACIÓN CONVENIO MIGRATORIO CON PERÚ

Ecuador, Ministerio de Relaciones Exteriores



BOLETÍN DE PRENSA No. 314Quito, 4 de Mayo del 2007


AMPLIACIÓN CONVENIO MIGRATORIO CON PERÚ

El Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración informó que los Cancilleres del Ecuador y del Perú mediante canje de notas reversales han convenido la ampliación del “Acuerdo para Regularizar la Situación Laboral y Migratoria de los Nacionales del Ecuador y del Perú en la Zona de Integración Fronteriza Ampliada”, que entró en vigencia el 21 de febrero del presente año, cuyos principales términos son los siguientes:
1.- Ampliar el plazo establecido en el artículo tres del Acuerdo, en el sentido de que la recepción de los documentos se la realice hasta el 26 de octubre de 2007, en lugar del 10 de mayo de 2007;
2.- Ampliar el plazo establecido en el artículo cuatro del Acuerdo, en el sentido de que la validez del visado que se conceda a los beneficiarios tenga validez hasta el 31 de diciembre de 2008, en lugar de 31 de diciembre de 2007;
3.- Ratificar la disposición contenida en al artículo 7 del Acuerdo, esto es que mientras dure su vigencia, hasta el 31 de diciembre de 2008, queda suspendida la salida obligatoria, la deportación o expulsión por infracciones migratorias;
4.- Tratándose de un proceso de excepción migratoria y bajo el principio de no criminalización al migrante que comparten los dos Gobiernos, no se aplicará ninguna sanción por permanencia irregular;
5.- Proponer que la primera reunión de evaluación del Acuerdo se la realice en una de las ciudades de la Zona de Integración Fronteriza Ampliada y que tendrá lugar en la tercera semana de septiembre de 2007; y,
6.- Destacar que este proceso de carácter humanitario, inédito en las relaciones bilaterales, marca un hito en la construcción una nueva relación derivada de la suscripción de los Acuerdos de Paz suscritos en 1998.”
Se convoca a las comunidades peruanas y ecuatorianas residentes en la Zona de Integración Fronteriza Ampliada de cada país a fin de que se acojan a los beneficios del citado Acuerdo, el mismo que marca un hito en la nueva relación bilateral que se construye a partir de la firma de los tratados de paz de 1998.


http://www.mmrree.gov.ec/mre/documentos/novedades/boletines/ano2007/mayo/bol314.htm

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