viernes, 26 de junio de 2009

REAGRUPACIÓN FAMILIAR Y VISA DE AMPARO

REAGRUPACIÓN FAMILIAR Y VISA DE AMPAPRO.
Programa de Apoyo al Migrante y su Familia.

¿Quiero reagrupar a mi familia que debo hacer?

¿Qué es la Reagrupación Familiar?
Se da cuando se reúnen, con una persona residente en un país del que no es nacional, los miembros más próximos de su familia residentes en un país distinto, en condiciones más favorables que los demás extranjeros. Es un derecho de los inmigrantes.

¿A quién se puede reagrupar?
Su cónyuge siempre que no se encuentre separado, el extranjero que se encuentre separado de su cónyuge y casado en segundas o posteriores nupcias solo podrá reagrupar con él al nuevo cónyuge y sus familiares si acredita que la separación de sus anteriores matrimonios ha tenido lugar tras un procedimiento jurídico que fije la situación del cónyuge anterior y sus familiares en cuanto a la vivienda común, la pensión al cónyuge anterior y sus familiares en cuando a la vivienda común, la pensión al cónyuge y los alimentos para los menores dependientes. Sus hijos o los de su cónyuge, incluido los adoptados, siempre que sean menores de 18 años o estén incapacitados, y no estén casados.
Sus hijos o los de su cónyuge, incluidos los adoptados, siempre que sean menores de 18 años o estén incapacitados, de conformidad con la ley española o su ley personal, y no se encuentre casados. Cuando se trate de hijos de uno solo de los cónyuges, se requerirá, además, que éste ejerza en solitario la patria potestad o se le haya otorgado la custodia y estén efectivamente a su cargo. En el supuesto de hijos adoptivos deberá acreditarse que la resolución por la que acordó la adopción reúne los elementos necesarios para producir efecto en España.
Los menores de dieciocho años o incapaces cuando el residente extranjero sea su representante legal.
Sus ascendientes o los de su cónyuge, cuando estén a su cargo y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España.

¿Dónde comienza mi trámite de reagrupación?
Mi expediente de reagrupación comienza España mediante la solicitud de autorización de residencia temporal por razones de reagrupación familiar ante el Delegado o Subdelegado del Gobierno de la localidad donde resida el reagrupante. Y se deberá presentar lo siguiente:
Documentos que demuestren tu parentesco, edad y dependencia legal y económica de los distintos familiares que quieres agrupar: Libreta de familia, certificado de matrimonio, partidas de nacimiento de cada uno de tus hijos.
La copia y original de tu pasaporte en vigencia.
La copia de la autorización de residencia o de trabajo y residencia ya renovada, de la primera autorización y en caso de la tener la renovación en trámite el resguardo de la presentación de la solicitud de renovación.
Tendrás que demostrar que tienes medios económicos suficientes por ejemplo con un empleo que cubra las necesidades y gastos tu familia.
Contar con una vivienda adecuada, bastará con presentar el contrato de alquiler o el título de propiedad.
En el caso que el reagrupado sea tu cónyuge deberás presentar una declaración firmada manifestando que no vives con otro cónyuge.
Cuando la solicitud sea admitida tus familiares deberán solicitar los visados en el consulado español de tu país de origen (Ecuador), lo podrán hacer en dos meses siguientes a la notificación al reagrupante (en España) acudir a cualquier sucursal del Banco de Guayaquil a cancelar la respectiva tasa(Orden AEC/4004/2006 que corresponde al visado de residencia (CODIGO 107)).
Y deberá tener los siguientes documentos:

Formulario de solicitud de visado de cada familiar que se reagrupe. Este formulario debidamente completado o firmado o se lo puede descargar a través de la página web:www.mae.es/Consulados/Quito/es/MenuPpal/Visados/Formulario+de+solicitud/
Fotografía actualizada tipo pasaporte
con el fondo blanco, pega en el formulario de solicitud.
Pasaporte con vigencia mínima de 1 año.
Autorización de residencia, original y copia notificada al reagrupante, con fecha de notificación.
Certificado médico, original, legalizado y sellado por el Ministerio de Salud Pública del Ecuador, que acredite que no padece ninguna de las enfermedades susceptibles de cuarentena previstas en el Reglamento Sanitario Internacional. (y copia simple).
Record policial vigente actualizado, original, apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. (Sólo mayores de edad). (y copia simple).
Partida de Nacimiento íntegra del reagrupado, original, expedida en los tres últimos meses, legalizada por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

PARA REAGRUPAR AL CÓNYUGE, deberá presentar los siguientes documentos:
· Partida de matrimonio íntegra, original, expedido en los tres últimos meses, legalizado por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

PARA LA REAGRUPACIÓN DE DESCENDIENTES MENORES DE 18 AÑOS O MAYORES INCAPACES, se deberá presentar los siguientes documentos:
· Si la solicitud se realiza mediante representante, poder notarial original realizado ante Notario Público español, como máximo un año antes de la solicitud, original y copia simple que mencione específicamente la tramitación de reagrupación familiar, realizada por quien ejerza la patria potestad o tutela. El representante deberá aportar asimismo original y copia de su cédula de identidad.
· Sí ambos padres se encuentran en España y existe separación de hecho o de derecho, acta de manifestaciones efectuada ante Notario Público español en los últimos tres meses, original, expresando el deseo de reagrupación familiar. Sí sólo uno de los padres reside en España, resolución expedida por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia de Ecuador, acreditando que el reagrupante que reside en España tiene atribuida la custodia del menor, original con firma de Juez o Secretario, certificada por el Consejo Nacional de la Judicatura o por la respectiva Corte Superior de Justicia y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.
· Partida íntegra de defunción de padre o madre fallecido, original, legalizada por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
· En caso de mayores de 18 años incapaces: "Sentencia judicial ecuatoriana de incapacitación de conformidad con la ley personal del incapaz.

PARA LA REAGRUPACIÓN DE ASCENDIENTES, se deberá presentar los siguientes documentos:
· Partida de Nacimiento íntegra del reagrupante, original expedida en los tres últimos meses, legalizada por el Registro Civil y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
· Acreditación documental de que los interesados viven a expensas del reagrupante. Se entiende que están a su cargo cuando se acredite fehacientemente que, al menos durante el último año de su residencia en España, ha transferido fondos o soportado gastos de su familiar en una proporción que permita inferir una dependencia económica efectiva.
· Acreditación documental de las razones que justifiquen la necesidad de residir en España.
Hay que tener presente que la notificación de reagrupación caduca por lo que tiene que ser cancelada la tasa dentro de dos meses siguientes de dicha comunicación. En caso de menores de edad, deberán venir acompañados por representante legal debidamente acreditado.

Si tu estas en forma irregular en Ecuador puedes pedir una visa de Amparo.
La Visa de Amparo-CATEGORIA 9-VI (Amparo).- La visa de Amparo, la puede solicitar el ciudadano ecuatoriano a favor de su cónyuge e hijos extranjeros, bajo cuya dependencia económica vayan a vivir; además se concede a los familiares de extranjeros.

CASOS EN LOS QUE SE PUEDE DAR:
En caso de matrimonio celebrado en el Ecuador.
Acta de matrimonio o copia íntegra otorgada por el Registro Civil en original o copia notariada.
En caso de matrimonio celebrado en el extranjero. Certificado original de matrimonio autenticado por el Cónsul del Ecuador en el país de origen, apostillado.
Si el amparo es a un hijo ecuatoriano y sus padres son extranjeros.
· Deberán presentar curaduría especial (se tramita ante un juez de lo civil quine designara el curador o curadora para el menor para que lo represente en el todo el tramite).
· Partida de nacimiento original o copia íntegra de nacimiento. (hijo amparante)

Pero también pueden existir estos casos:
Se presentaran los documentos que establezcan el parentesco conforme lo señalado en el Art. 9 numeral VI de la Ley de Extranjería.
Garantía de amparo económico elevada a Escritura Pública, señalando el compromiso del amparante a solventar los gastos del amparado en el país, incluidos los pasajes de retorno al país de origen en caso de que la autoridad competente así lo dispusiere.
Certificado de ingresos económicos del amparante si tiene dependencia laboral, caso contrario declaración juramentada.
Si el solicitante, es extranjero acreditará su solvencia económica para atender las necesidades de quienes no fueran ni su cónyuge ni sus hijos.
Copias del pasaporte actualizado con estadía legal vigente notariado.
Dos fotos del interesado (tamaño carné).
Llenar formulario “hoja de datos para la cedula”, a máquina. (Solicitar en la Dirección General de Extranjería).
Copias de la cédula y certificado de votación del amparante ecuatoriano notariado.
Original y copias notariadas del Pasado Judicial para ciudadanos colombianos autenticado por el cónsul de Ecuador en Colombia o apostillado.
Si el amparo es a un inmigrante justificará su calidad migratoria.
Requisitos que debe cumplir la persona amparante:
Petición de visa dirigida al señor Director General de Extranjería, firmada por el amparante y un Abogado, se adjuntará copia de matrícula profesional.
Llenar formulario “solicitud de visa de inmigrante 9-VI”, a máquina, deberá ser firmado por el interesado (solicitar en la Dirección General de Extranjería).

NORMAS GENERALES:
Todos los documentos habilitantes otorgados en el país en originales o copias notariadas.
Los documentos provenientes del extranjero conferidos por autoridades competentes del país de origen, deberán ser autenticados por el Cónsul del Ecuador o apostillados y traducidos legalmente al idioma español, si fuere el caso.
Para cambio de calidad o categoría migratoria los documentos deberán presentarse treinta días antes de la fecha de vencimiento del plazo autorizado de permanencia (Art. 57 numeral 1 del Reglamento a la Ley de Extranjería)
El Extranjero registrará su Dirección domiciliaria en el Ecuador en la Dirección General de Extranjería, siendo por lo tanto obligación legal notificar cualquier cambio de domicilio.
Quien tiene visa de no inmigrante no puede solicitar Visa 9-VI.
Serán válidos los documentos provenientes del exterior debidamente apostillados por los países que han suscrito el convenio de la Haya con relación a la apostilla y de la cual el Ecuador es país signatario.
Pasaporte con validez mínima de 6 meses.

29 comentarios:

  1. hola yo y mi esposa somos de ecuador y tenemos nacionalidad española mi hija esta en ecuador le hemos tramitado la nacionalidad y ya le llegaron las partidas literales de nacimiento para el pasaporte y el documento nacional de identidad y queremos traerla para que venga a poner las huellas pero le hemos enviado la partida para que pueda sacar el pasaporte español halla y quisiera saber que documentacion necesito para poder traerla a España para que ponga las huellas

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  2. s pedio la cedua de la madre que es extrjera de naconalidad china ue poemos hcer para sacar nueva cedula

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  3. HOLA SOY ELIZABETH TENGA LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA Y ME ENCUENTRO EN ECUADOR YA UN AÑO POR MOTIVOS PERSONALES PERO QUISIERA TRAMITARLE A MI ESPOSO LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA QUISIERA SAVER SI LA PUEDO HACER DESDE AQUI DE ECUADOR Y QUE TENGO QUE ACER GRACIAS

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  4. mira convivo en union libre con una chica que es de ecuador y ya tengo un bebe de un año que nacio aqui en ecuador que devo hacer para poder obtener la visa de amparo

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  5. HOLA UNA PREGUNTA MI HIJA ES ECUATORIANA TIENE TRES AÑOS Y YO SOY COLOMBIANA POR MEDIO DE ELLA ME DAN LA VISA DE AMPARO PERO MI PREGUNTA ES YO VIVO CON MI MAMA QUE ES DE COLOMBIA MI HIJA LE PODRIA AMPARAR A ELLA TAMBIEN Y QUE REQUISITOS DE SER QUE SI

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  6. Hola yo soy ecuatoriano, mi hijo nacio en Cuba y ya lo inscribi en la embajada de Ecuador en Cuba por lo tanto ya es ecuatoriano pero mi esposa es cubana y no somos casados. ¿Como hago para que mi hijo y mi esposa puedan viajar a Ecuador? Quiero hacer por reagrupacion familiar ¿se podrá hacer por esa via o por cual? necesito ayuda

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  7. hola,mi hijo es residente en ecuador yo soy cubano,puedo yo acogerme algun tipo de amparo?su madre que no esta casada conmigo,somos divorciados, es ciudadana ecuatoriana y lo amparo a el,el niño tiene 16 años,por favor expliqueme

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  8. Hola, soy cubano con visa profesional hace 8 meses y laboro como médico, quiero amparar a mi esposa e hijo, pero ella tiene un hijo de su primer matrimonio que vive conmigo desde hace 13 años, como hacer para poder ampararlo y vivir los 4 juntos?, agradecería su respuestas

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  9. ola Marianela,mire yo tengo una tia que las hijas son ciudadana española y desean llevarse a la mama a vivir con ella ya an tramitado la reagrupacion hace años y en quito se la negaron y de nuevo estan en tramite desearia que me ayude que debo hacer o como me puede ayudar para proseguir con el tramite de mi tia ella tiene 72 años me puede contestar a mi correo electronico silviadalila14@hotmail.com

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  10. hola, soy ciudadana española y deseo reagrupar a mi hijo mi nieta y mi nuera que debo hacer para traerlos a españa. por favor ayudenme

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  11. Hola somos una pareja cubana q estamos en ecuador hace 5 meses pues por problemas ecenomicos nos tuvimos q quefar aqui nos estafaron y nos dejaron sin nada tenemos dos hijos en cuba nos encanta esta pais por lo q queremos legalisarnos y traer a los niños q podemos hacer?Por favor ayudennos

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  12. Hola soy cunana y profesional por motivos de demora del senecyt me kede ilegal y no me kiero ir a cuba me case aqui con mi esposo tambien cubano y estoy embarasada kisiera saber si al parir yo y mi esposo cogemos residencia y nos podemos legalizar aqui sifuera tan amable y me respondiera

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  13. Quisiera saber cono amparar a mi madre soy residente ecuatoriano tengo visa profesional y quisiera saber que tramites debo realizar y que costo seria el mismo

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  14. hola somos una pareja de cubanos aqui en ecuador estamos aqui hace 7 meses y estamos ilegal pero nuestra niña que tiene un mes de nacida ya ella tiene su cedula es ciudadana ecuatoriana que reiquisitos debemos presentar para que nuestra hija nos de el amparo y obtener nuestra cedula

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  15. soy medico con visa profesional ,puedo amparar a mi nieto y traerlo junto con mi hija a vivir en ecuador conmigo

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  16. Hola soy española pero estoy casada legalmente en ecuador con mi esposo, que es ecuatoriano, ya tengo todos los papeles para presentar la visa por amparo, pero estoy en situacion iregular, tendre algun problema con eso?

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  17. hola, soy cubano y residente e ecuador, bajo cuales circunstancias el ministerio de extranjería pude denegarme la visa de amparo de mi esposa e hija, si ya tengo toda la documentación en regla y por presentar?

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  18. hola. soy ecuatoriana tengo 6 años en ecuador pero tengo la visa por reagrupacion familiar y esta caducada mi pregunta es puedo renovar esta visa para poder entrar a españa denuevo.despues de 6 años
    gracia.

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  19. Hola, deseo saber que necesito para pedirle la nacionalidad a mi esposo que es de Turquía? gracias

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  20. Existe algún tipo de visa que se otorgue a hermanos de Ecuatorianos residentes en Italia o alguno de los países que forman parte de la Unión Europea

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  21. Existe algún tipo de visa que se otorgue a hermanos de Ecuatorianos residentes en Italia o alguno de los países que forman parte de la Unión Europea

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  22. Buenos dias, quisiera saber si despues de entregar el formulario y documentos para solicitar la visa de amparo que tiempo demoraria ese tramite, y que posibilidad haya de que la nieguen si yo tengo residencia en aca en Ecuador y quiero traer a mi hermano del extrangero, por favor ayudenme con esa duda mi correo es liz08rosado@hotmail.com

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  23. Hola soy cubana y tengo un bebé ecuatoriano yo y mi esposo ya tenemos residencia mediante su amparo pero quiero traer a mi mama de Cuba con su esposo que no es el abuelo del niño que puedo hacer agradecería su ayuda gracias keytialmanza@gmail.com

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  24. Hola,tengo residencia permanente, soy amparada por mi esposo y estamos ahora en tramites de divorcio, me esta amenazando con quitarme el amparo e hijo, por favor, necesito saber que ley me ampara como amparada. Gracias.

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  25. me pedin este documento como lo puedo sacar. Sí solo uno de los padres reside en España, resolución expedida dentro de los últimos 6 meses por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia de Ecuador, acreditando que el reagrupante tiene atribuida la patria potestad del menor, de ser el caso, original con firma de Juez o Secretario, certificada por el Consejo Nacional de la Judicatura o por la respectiva Corte Superior de Justicia y apostillada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.

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  26. Hola soy residente ecuatoriana llegue con visa dé amparo quisiera saber si yo podría amparar a mi esposo gracias

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  27. GRACIAS A GREAT DR. Sunny POR RESOLVER MIS PROBLEMAS SU CORREO ELECTRÓNICO ES (drsunnydsolution1@gmail.com
    mi nombre es Miss Jones, estuve casada con mi esposo durante 5 años, estuvimos viviendo felices juntos durante estos años y no hasta que viajó a Australia para un viaje de negocios donde conoció a esta chica y desde entonces me odia a mí y a los niños y aman ella solo. Entonces, cuando mi esposo regresó del viaje, él dijo que no quería volver a vernos a mí y a mis hijos, así que nos echó de la casa y ahora se iba a Australia a ver a esa otra mujer. así que mis hijos y yo estábamos tan frustrados y solo estaba quedándome con mi madre y no estaba tratando bien porque mi madre se casó con otro hombre después de la muerte de mi padre, así que el hombre con el que se casó no la trataba bien, yo y mis hijos estaban tan confundidos y yo estaba buscando una manera de llevar a mi esposo a casa porque lo amo y lo aprecio mucho, así que un día mientras estaba navegando en mi computadora vi un testimonio sobre este hechicero DR Sunny, testimonios compartido en Internet por una dama y me impresiona tanto que también pienso en probarlo. Al principio tenía miedo, pero cuando pienso en lo que mis hijos y yo estamos pasando, lo contacté y me dijo que mantuviera la calma por solo 24 horas para que mi esposo volviera y para mi sorpresa recibí una llamada. de mi esposo el segundo día preguntando por los niños y llamé a DR Sunny y me dijo que sus problemas están resueltos, mi hijo. así que así es como recuperé a mi familia después de un largo estrés de frenar por una dama malvada, así que con toda esta ayuda de DR Sunny, quiero que todos en este foro se unan a mí para dar las gracias a DR Sunny y lo haré también consejos para cualquiera en tales o similares problemas o cualquier tipo de problema también debe contactarlo es su correo electrónico) (drsunnydsolution1@gmail.com) él es la solución a todos sus problemas y situaciones en la vida. una vez más, su dirección de correo electrónico es (drsunnydsolution1@gmail.com)

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    akpatatolulovespelltemple1974@gmail.com

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